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Desde las 12:15 de la madrugada, Granma tenía colgada una foto del desfile.

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Desde las 12:15 de la madrugada, Granma tenía colgada una foto del desfile. Empty Desde las 12:15 de la madrugada, Granma tenía colgada una foto del desfile.

Mensaje por Azali Sáb Mayo 01, 2010 9:32 am

Desde las 12:15 de la madrugada, Granma tenía colgada una foto del desfile. Empty



Desde las 12:15 de la madrugada, Granma tenía colgada una foto del desfile. Icon_post_target por Admin Hoy a las 7:01 am

Desde las 12:15 de la madrugada ya tenian hasta la foto del desfile. Y despues acusan de ataque mediatico... cuando lo que tienen es un bombardeo atomico mediatico contra el pueblo.



Desde las 12:15 de la madrugada, Granma tenía colgada una foto del desfile. 25406947



Secretos de Cuba: Desde las 12:15 de la madrugada, Granma tenía colgada una foto del desfile.
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Mensaje por Azali Sáb Mayo 01, 2010 10:13 am

Desde las 12:15 de la madrugada, Granma tenía colgada una foto del desfile. TRABAJODEDORES-25

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Mensaje por Azali Sáb Mayo 01, 2010 10:15 am

1.5.10


Trabajodedores 25 · Mamayo quiero saber...


Desde las 12:15 de la madrugada, Granma tenía colgada una foto del desfile. TRABAJODEDORES-25Me cago en todos los que en este mundo usan a los que trabajan. Sindicatos, comités, empresarios, ideologías, comaandantes comepingas y generales anormales.

....
Claudia Cadelo compró evos a 2,50 pesos, cuidao Ciro.












http://el-guama.blogspot.com/

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Mensaje por CalaveraDeFidel Sáb Mayo 01, 2010 10:21 am

sábado 1 de mayo de 2010
Primero de Mayo : explotación del obrero en España y en Cuba, sutiles diferencias.
Convenio general del sector de la construcción 2010
Por Redacción, en 26 de Enero de 2010

Preámbulo
Libro I
Aspectos generales del Convenio General del Sector de la Construcción
Título preliminar. Disposiciones generales
Capítulo I. Naturaleza jurídica, ámbitos y garantías
Artículo 1.- Partes signatarias
Artículo 2.- Naturaleza jurídica y eficacia obligacional
Artículo 3.- Ámbito funcional
Artículo 4.- Ámbito personal
Artículo 5.- Ámbito territorial
Artículo 6.- Ámbito material
Artículo 7.- Ámbito temporal
Artículo 8.- Procedimiento de denuncia para la revisión del Convenio
Artículo 9.- Vinculación a la totalidad
Artículo 10.- Condiciones más beneficiosas
Capítulo II. Estructura de la negociación colectiva
Artículo 11.- Estructura de la negociación colectiva del sector
Artículo 12.- Articulación de la negociación colectiva
Artículo 13.- Concurrencia de Convenios
Título I. Condiciones de prestación del trabajo
Capítulo I. Condiciones generales de ingreso
Artículo 14.- Ingreso en el trabajo
Artículo 15.- Pruebas de aptitud
Artículo 16.- Vigilancia y control de salud
Artículo 17.- Período de prueba
Capítulo II. Contratación
Artículo 18.- Contratación
Artículo 19.- Contrato fijo de plantilla
Artículo 20.- Contrato fijo de obra
Artículo 21.- Otras modalidades de contratación
Artículo 22.- Subcontratación
Artículo 23.- Subrogación de personal en contratas de mantenimiento de carreteras o vías férreas
Capítulo III. Clasificación profesional
Artículo 24.- Clasificación profesional
Capítulo IV. Ordenación y prestación del trabajo
Artículo 25.- Ordenación del trabajo
Artículo 26.- Prestación del trabajo y obligaciones específicas
Artículo 27.- Trabajo “a tiempo”
Artículo 28.- Sistemas científicos o de “trabajo medido”
Artículo 29.- Trabajo por tarea, a destajo o por unidad de obra, con primas a la producción o con incentivo
Artículo 30.- Discreción profesional
Artículo 31.- Deberes del empresario
Artículo 32.- Reclamaciones de los trabajadores
Capítulo V. Productividad y tablas de rendimientos
Artículo 33.- La productividad como bien jurídicamente protegido
Artículo 34.- Rendimiento en los sistemas de “trabajo medido”
Artículo 35.- Rendimiento en los sistemas de trabajo con prima o incentivo
Artículo 36.- Rendimiento en el sistema de trabajo “a tiempo”
Artículo 37.- Establecimiento de tablas de rendimiento
Artículo 38.- Tablas de rendimientos y retribuciones
Artículo 39.- Revisión de tablas de rendimientos
Artículo 40.- Condiciones de aplicación
Artículo 41.- Verificación de su cumplimiento
Capítulo VI. Promoción en el trabajo
Artículo 42.- Ascensos, procedimiento
Capítulo VII. Percepciones económicas: conceptos y estructura
Artículo 43.- Percepciones económicas
Artículo 44.- Estructura de las percepciones económicas en los Convenios provinciales o, en su caso, autonómicos
Artículo 45.- Devengo de las percepciones económicas
Artículo 46.- Remuneración bruta anual y remuneración mínima bruta anual
Artículo 47.- Pago de las percepciones económicas
Artículo 48.- Incrementos económicos
Artículo 49.- Cláusula de garantía salarial
Artículo 50.- Absorción y compensación
Artículo 51.- Antigüedad consolidada
Articulo 52.- Complemento por discapacidad
Artículo 53.- Gratificaciones extraordinarias
Artículo 54.- Prohibición del prorrateo y proporcionalidad en el devengo de las pagas extraordinarias
Artículo 55.- Trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos
Artículo 56.- Trabajos nocturnos
Artículo 57.- Pluses extrasalariales
Artículo 58.- Corrección del absentismo
Artículo 59.- Realización de horas extraordinarias
Artículo 60.- Límite de horas extraordinarias
Artículo 61.- Retribución de las horas extraordinarias
Artículo 62.- Indemnizaciones
Artículo 63.- Complemento en caso de hospitalización
Capítulo VIII. Tiempo de trabajo
Artículo 64.- Jornada
Artículo 65.- Prolongación de la jornada
Artículo 66.- Turnos de trabajo
Artículo 67.- Recuperación de horas no trabajadas
Artículo 68.- Jornadas especiales
Artículo 69.- Vacaciones
Artículo 70.- Permisos y licencias
Capítulo IX. Movilidad funcional
Artículo 71.- Cambio de puesto de trabajo
Artículo 72.- Trabajos de superior categoría
Artículo 73.- Trabajos de inferior categoría
Artículo 74.- Personal de capacidad disminuida
Artículo 75.- Trabajos susceptibles de originar un perjuicio para la salud sin merma de la capacidad laboral
Capítulo X. Movilidad geográfica
Artículo 76.- Conceptos generales
Artículo 77.- Preaviso, ejecutividad e impugnación de la orden de desplazamiento
Artículo 78.- Descanso
Artículo 79.- Dietas
Artículo 80.- Locomoción
Artículo 81.- Prioridad de permanencia
Artículo 82.- Condiciones de trabajo en el centro de llegada o destino
Artículo 83.- Obras de larga extensión
Artículo 84.- Traslado de centro de trabajo
Artículo 85.- Residencia habitual
Capítulo XI. Suspensión y extinción de la relación laboral
Artículo 86.- Causas y efectos de la suspensión
Artículo 87.- Suspensión del contrato por causas de fuerza mayor temporal
Artículo 88.- Excedencia forzosa
Artículo 89.- Excedencias voluntarias, por cuidado de familiares y las reguladas por pacto de las partes
Artículo 90.- Causas y efectos de la extinción
Artículo 91.- Ceses
Artículo 92.- Finiquitos
Artículo 93.- Jubilación
Capítulo XII. Faltas y sanciones
Artículo 94.- Criterios generales
Artículo 95.- Clases de faltas
Artículo 96.- Faltas leves
Artículo 97.- Faltas graves
Artículo 98.- Faltas muy graves
Artículo 99.- Sanciones. Aplicación
Artículo 100.- Otros efectos de las sanciones
Título II. Representantes de los trabajadores
Artículo 101.- Representación unitaria
Artículo 102.- Representación sindical
Artículo 103.- Responsabilidad de los Sindicatos
Capítulo I. Comisión Paritaria
Artículo 104.- Comisión Paritaria
Artículo 105.- Funciones y procedimientos de la Comisión Paritaria
Capítulo II. Comisión Sectorial de Productividad
Artículo 106.- Comisión Sectorial de Productividad
Artículo 107.- Funcionamiento y acuerdos
Artículo 108.- Funciones
Capítulo III. Comisión paritaria sectorial de formación profesional
Artículo 109.- Comisión Paritaria Sectorial de Formación Profesional
Capítulo IV. Comisión paritaria sectorial de seguridad y salud en el trabajo
Articulo 110.- Comisión Paritaria Sectorial de Seguridad y Salud en el Trabajo
Título IV. De la Fundación Laboral de la Construcción
Artículo 111.- Fundación Laboral de la Construcción
Título V. Solución extrajudicial de conflictos
Artículo 112.- Solución Extrajudicial de Conflictos
Libro II
Aspectos relativos a la seguridad y salud en el sector de la construcción
Título I. Órgano Paritario para la Prevención en la Construcción
Capítulo I. Disposiciones generales
Artículo 113.- Definición y denominación
Artículo 114.- Funciones
Artículo 115.- Constitución y dependencia
Artículo 116.- Ámbitos territorial y funcional
Artículo 117.- sede
Capítulo II. Miembros
Artículo 118.- Composición
Artículo 119.- Nombramientos
Artículo 120.- Ceses
Capítulo III. Régimen interno
Artículo 121.- Reuniones
Capítulo IV. Régimen económico
Artículo 122.- Financiación
Artículo 123.- Presupuesto anual
Artículo 124.- Prestación de servicios de las organizaciones integrantes del órgano específico
Capítulo V. Desarrollo de las funciones
Artículo 125.- Seguimiento de la accidentalidad laboral en el sector y elaboración de estadísticas propias de accidentes
Artículo 126.- Organización y control de visitas a obras
Artículo 127.- Formulación de propuestas de soluciones para la disminución de la accidentalidad
Artículo 128.- Formación itinerante a pie de obra
Artículo 129.- Elaboración de informes y estadísticas
Título II. Comisión paritaria sectorial de seguridad y salud en el trabajo
Artículo 130.- Composición y funciones de la Comisión Paritaria Sectorial de Seguridad y Salud en el Trabajo
Título III. Información y formación en seguridad y salud
Capítulo I. Disposiciones generales
Artículo 131.- Principios generales
Capítulo II. Información
Artículo 132.- Información sectorial
Capítulo III. Formación
Sección 1ª: Disposiciones generales
Artículo 133.- Ciclos de formación de la FLC
Artículo 134.- Primer ciclo de formación: aula permanente de la FLC
Artículo 135.- Segundo ciclo de formación en prevención de riesgos laborales del sector de la construcción: formación por puesto de trabajo o por oficios
Artículo 136.- Coordinación y homogeneización de la formación
Artículo 137.- Aulas móviles
Sección 2ª: Primer ciclo de formación: aula permanente o nivel inicial
Artículo 138.- Contenido formativo para aula permanente o nivel inicial
Sección 3ª: Segundo ciclo de formación: contenidos formativo en función del puesto de trabajo o por oficios
Subsección 1ª: Disposiciones generales
Artículo 139.- Disposiciones generales acerca del segundo ciclo de formación
Subsección 2ª: Contenidos formativos por puesto de trabajo
Artículo 140.- Contenido formativo para personal directivo de empresa
Artículo 141.- Contenido formativo para responsables de obra y técnicos de ejecución
Artículo 142.- Contenido formativo para mandos intermedios
Artículo 143.- Contenido formativo para delegados de prevención
Artículo 144.- Contenido formativo para administrativos
Subsección 3ª: Contenidos formativos en función del nivel específico por oficio
Artículo 145.- Contenido formativo para albañilería
Artículo 146.- Contenido formativo para trabajos de demolición y rehabilitación
Artículo 147.- Contenido formativo para encofrados
Artículo 148.- Contenido formativo para ferrallado
Artículo 149.- Contenido formativo para revestimiento de yeso
Artículo 150.- Contenido formativo para electricidad
Artículo 151.- Contenido formativo para fontanería
Artículo 152.- Contenido formativo para cantería
Artículo 153.- Contenido formativo para pintura
Artículo 154.- Contenido formativo para solados y alicatados
Artículo 155.- Contenido formativo para operadores de aparatos elevadores
Artículo 156.- Contenido formativo para operadores de vehículos y maquinaria de movimiento de tierras
Artículo 157.- Contenido formativo para operadores de equipos manuales
Sección 4ª: Nivel básico de prevención en la construcción
Artículo 158.- Contenido formativo para el nivel básico de prevención en la construcción
Capítulo IV. Acreditación de la formación: Tarjeta Profesional de la Construcción
Sección 1ª: Definición, funciones y beneficiarios
Artículo 159.- Definición
Artículo 160.- Funciones
Artículo 161.- Beneficiarios
Sección 2ª: Solicitud y tramitación
Artículo 162.- Solicitud
Artículo 163.- Documentación
Artículo 164.- Resolución
Artículo 165.- Caducidad y renovación
Sección 3ª: Derechos y obligaciones del titular
Artículo 166.- Derechos del titular
Artículo 167.- Obligaciones del titular
Sección 4ª: Homologación de entidades formativas
Artículo 168.- Requisitos
Artículo 169.- Procedimiento
Artículo 170.- Tramitación de la Tarjeta Profesional de la Construcción en el ámbito territorial del Principado de Asturias.
Título IV. Disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables en las obras de construcción
Capítulo I. Condiciones generales
Artículo 171.- Estabilidad y solidez de materiales y equipos
Artículo 172.- Protección contra el riesgo de caídas de altura
Artículo 173.- Vías de circulación
Artículo 174.- Protección contra el riesgo de caídas de objetos
Artículo 175.- Iluminación
Artículo 176.- Factores atmosféricos
Artículo 177.- Detección y lucha contra incendios
Artículo 178.- Exposición a riesgos particulares
Capítulo II. Andamios
Sección 1ª: Condiciones generales
Artículo 179.- Condiciones generales de utilización de los andamios
Artículo 180.- Resistencia y estabilidad
Artículo 181.- Plan de montaje, de utilización y de desmontaje
Artículo 182.- Montaje, supervisión y formación de los montadores
Artículo 183.- Inspección de andamios
Sección 2ª: Normas específicas para determinados tipos de andamios
Artículo 184.- Normas específicas para andamios metálicos tubulares
Artículo 185.- Normas específicas para andamios constituidos por elementos prefabricados,
torres de acceso y torres de trabajo móviles
Artículo 186.- Normas específicas para torres de acceso y torres de trabajo móviles
Artículo 187.- Normas específicas para plataformas elevadoras sobre mástil
Artículo 188.- Normas específicas para plataformas suspendidas de nivel variable de
accionamiento manual o motorizado (andamios colgados)
8
Artículo 189.- Normas específicas para andamios de borriquetas
Artículo 190.- Normas específicas para andamios de mechinales
Capítulo III. Protecciones colectivas, escalas fijas o de servicio, escaleras de
mano y otros equipos para trabajos temporales en altura
Artículo 191.- Normas específicas para sistemas provisionales de protección de borde
Artículo 192.- Requisitos para los sistemas provisionales de protección de borde
Artículo 193.- Normas específicas para redes de seguridad
Artículo 194.- Requisitos para la utilización de redes de seguridad
Artículo 195.- Normas específicas para escalas fijas o de servicio
Artículo 196.- Normas específicas para escaleras de mano
Artículo 197.- Requisitos para la utilización de las escaleras de mano
Artículo 198.- Técnicas de acceso y de posicionamiento mediante cuerdas
Artículo 199.- Requisitos para la utilización de las técnicas de acceso y de posicionamiento
mediante cuerdas
Artículo 200.- Normas específicas para plataformas voladas de descarga de materiales
Artículo 201.- Normas específicas para plataformas elevadoras móviles de personal (pemp).
Artículo 202.- Normas específicas para cestas suspendidas mediante grúas
Capítulo IV. Trabajos de movimientos de tierras, excavación, pozos, trabajos
subterráneos y túneles
Artículo 203.- Medidas a adoptar antes del inicio de los trabajos
Artículo 204.- Medidas a adoptar durante los trabajos
Artículo 205.- Acumulaciones de tierras, escombros o materiales
Artículo 206.- Vías de entrada y salida
Artículo 207.- Ascensos y descensos de trabajadores
Artículo 208.- Ventilación
Artículo 209.- Trabajos en atmósferas peligrosas o tóxicas
Artículo 210.- Trabajos subterráneos
Artículo 211.- Medidas en caso de incendio, irrupción de agua o caída de materiales
Capítulo V. Otros trabajos específicos
Sección 1ª: Trabajos de demolición
Artículo 212.- Disposiciones generales acerca de los trabajos de demolición
Artículo 213.- Medidas a adoptar antes del inicio de los trabajos
Artículo 214.- Medidas en los casos de presencia de amianto o residuos peligrosos
Artículo 215.- Actuaciones antes de la demolición
Artículo 216.- Evacuación de escombros
Sección 2ª: Trabajos con explosivos y en cajones de aire comprimido
Artículo 217.- Realización de trabajos con explosivos y en cajones de aire comprimido
Capítulo VI. Equipos de trabajo y maquinaria de obra
Sección 1ª: Disposiciones generales
Artículo 218.- Aparatos elevadores
Artículo 219.- Condiciones generales de los aparatos elevadores
Artículo 220.- Condiciones específicas de las grúas torre
Artículo 221.- Condiciones específicas de las grúas móviles autropropulsadas
Artículo 222.- Condiciones específicas de los montacargas
Artículo 223.- Condiciones específicas de cabestrante mecánico o maquinillo
Sección 2ª: Maquinaria de movimiento de tierras
Artículo 224.- Disposiciones generales
Artículo 225.- Condiciones generales de la maquinaria de movimiento de tierras
Artículo 226.- Otras medidas preventivas aplicables a la maquinaria de movimiento de
tierras
Sección 3ª: Otros equipos de trabajo
Artículo 227.- Disposiciones generales de los equipos de trabajo
Artículo 228.- Condiciones generales aplicables a estos equipos de trabajo
Capítulo VII. Instalaciones de suministro y reparto de energía. Almacenamiento de combustibles e instalaciones higiénico-sanitarias
Sección 1ª: Instalaciones eléctricas
Artículo 229.- Disposiciones generales de las instalaciones eléctricas
Artículo 230.- Grupos electrógenos
Sección 2ª: Otras instalaciones de suministro y reparto de energía
Artículo 231.- Aparatos a presión
Artículo 232.- Almacenamiento de combustible
Sección 3ª: Condiciones de las instalaciones higiénico-sanitarias en las obras
Artículo 233.- Condiciones generales
Artículo 234.- Servicios higiénicos
Artículo 235.- Locales de descanso o de alojamiento en las obras
Artículo 236.- Primeros auxilios
Artículo 237.- Suministro de agua
Artículo 238.- Visitas a las obras
Artículo 239.- Disposiciones varias
Título V. Disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables en las canteras, areneras, graveras y la explotación de tierras industriales
Artículo 240.- Disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables en las canteras,
areneras, graveras y la explotación de tierras industriales
Título VI. Vigilancia de la salud
Artículo 241.- Vigilancia de la salud
Disposición Transitoria Primera
Disposición Transitoria Segunda. Cálculo de las nuevas indemnizaciones a los contratos en vigentes en el momento de entrada en vigor del presente Convenio
Disposición Transitoria Tercera. Aplicación progresiva de la remuneración mínima bruta anual
Disposición Transitoria Cuarta. Implantación progresiva de la Tarjeta
Profesional de la Construcción
Disposición Adicional
Anexo I. Campo de aplicación de este Convenio
Anexo II. Modelo de renovación de Contrato Fijo de Obra
Anexo III. Modelo de recibo de Finiquito de la relación laboral
Anexo IV. Formato de la Tarjeta Profesional de la Construcción
Anexo V. Modelo de solicitud/renovación

Ahora comparen con el libro de derechos y deberes de un obrero cubano, entre su único patrón Fidel a través de su único sindicato vertical, la CTT :

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Mensaje por Azali Sáb Mayo 01, 2010 10:24 am

sábado 1 de mayo de 2010


1ro de Mayo: muchos marchan obligados



Desde las 12:15 de la madrugada, Granma tenía colgada una foto del desfile. 100_4056-1
Plaza de la Revolución, antigua Plaza Cívica
"Lo mejor de los 1ro de Mayo desde que no vivo en Cuba es no tener que levantarme temprano obligada", es lo que aún después de más de 11 años me digo una y otra vez. Es raro. Sí, es raro que llegue una fecha que tanto suena en las noticias del mundo entero y que en la misma Alemania se festeje con programas culturales y para niños pero también con manifestaciones lo mismo comunistas que liberales que nazis (todo eso durante el día en algunas ciudades) pero igual con piedras, autos en llamas, revueltas tremendas, heridos y más de 6mil policías sólo en Berlín (durante la noche) y que, sin embargo, yo repela absolutamente cualquiera de sus versiones y no las quiera ni regaladas porque, en otras palabras, de 1ro de Mayo ya no quiero saber más nada.

Cuando era una niña no, porque el gentío, los amiguitos de la cuadra, la música estridente por los altavoces y la ciudad de patas para arriba eran toda una diversión. El problema nunca estuvo en ir pues a mí me parecía todo aquello una fiesta grande, sino en caminar kilómetros a paso de hormiga y después no saber cómo regresar a casa. Aunque mis padres llevaban agua, casi siempre se agotaba antes de tiempo, mi hermano y yo nos cansábamos y queríamos que nos cargaran, mis padres no podían caminar más de unos metros con nosotros encima y era todo un infierno las quejas, las angustias y el tiempo que demorábamos en sentarnos por fin. Las escuelas en que estuve, por suerte, nunca tuvieron que desfilar "en bloque".

De adolescente siguió siendo una fiesta ir al 1ro de Mayo (a la concentración o marcha por frente a la Plaza, digo). Nos reuníamos algunos amigos en algún punto y eso de ir solos hablando, gritando, haciendo lo que nos viniera en gana, era eso mismo: una diversión. Hasta esos años nunca me percaté de que se obligara a nadie a ir a las marchas, no era asunto que nos interesara a los vejigos.

Pero todo cambió "con la edad". No sólo durante los años en que estudié en la Universidad teníamos que encontrarnos en un punto preterminado para desfilar en bloque sino que más tarde, cuando ya era una trabajadora, se exigía en las reuniones la participación en los desfiles. La aversión total la comencé a sentir cuando anunciaban que los del sindicato (los que dirigían el sindicato, el único que existe en Cuba) anotarían los nombres en hojas, de los que vieran en el desfile. Entre miles de personas era fácil "perderse" de todo aquello pues con que te vieran los anotadores en algún momento bastaba. Sin embargo, cuando descubrían que caminadas sólo unas cuadras algunos doblábamos por la siguiente para perdernos de allí, entonces amenazaban en la próxima marcha con que la lista se pasaría al final, al llegar al lugar, o bien pasando por la tribuna de la Plaza o bien donde fuera la concentración en particular. En no pocos casos había varios vigilando a los "conflictivos", a los "contestatarios", a ver por dónde cogían al caminar.

Bueno, pero ¿qué pasaba si no se iba? Al menos hasta hace más de 10 años, mientras viví en Cuba, las consecuencias de ir o no ir a una marcha o a un desfile eran variadas. Por ejemplo, no ir podía quitarte "la jabita" que unas pocas veces llegaron a dar en el lugar donde yo trabajaba. Una jabita de esas era la salvación misma: en tiempos donde no había ni almohadillas sanitarias que ponernos las mujeres en nuestro período, o que desayunar con agua y azúcar era el infierno diario, una "bolsa de aseo" con jabones, detergente, un tubo de pasta de dientes, una colonia o perfume y algun producto más era, más que un estímulo, una necesidad. "Regalada", decían, pero en realidad había que pagar siempre por ellas.

Otras veces, en épocas no tan graves, esas asistencias (o mejor dicho, no tener ausencias a esas "actividades") eran el salvoconducto para recibir el estímulo "grande" al finalizar el año. Donde yo trabajaba dieron 50 dólares en algunas ocasiones, próximo a fin de año. Cuando el salario en pesos cubanos no llegaba a los 10 USD mensuales y un litro de aceite en la tienda costaba 2,40 USD, 50 de pronto era como ser rico, eran la posibilidad de comprarse alguna ropa o algo de comer en las tiendas con divisas. En no pocas ocasiones, además, llegaba por el sindicato alguna casa en la playa, habitación de hotel o campismo. La reservación, digo, porque había que pagar todo después, por supuesto.

Pero lo peor no era perder lo que te podían dar sino ganar lo que te podían quitar: caer en la lista negra por no participar y ser víctima de las cruzadas y cacerías de brujas era desgraciar tu vida como ciudadano del país donde habías nacido y crecido. Recibir amonestaciones y repudio de tus superiores. Poder ser botado del trabajo de un día para otro. Quedarte sin salario de la noche a la mañana. Perder "amistades" y colegas. O no poder salir al extranjero como parte de un proyecto o beca de estudios. Y con esos historiales, ¿cómo comías después?

No te obligaban, amarrado, a ir a una marcha. Pero las sogas y ataduras estaban ahí y las movían constantemente para que las vieras, para que no se te olvidaran. No sólo me pasaba a mí, les pasaba a los demás. SÍ íbamos a las marchas obligados. SÍ nos chantajeaban. SÍ nos usaban. Y lo peor, todo eso a un paso de las calificaciones de "gusanos", "contrarrevolucionarios" y otra sarta de adjetivos más que antes, entonces y ahora se siguen usando para dividir, para sembrar el odio entre los mismos cubanos.

SÍ se obliga, chantajea y todavía usa a cientos de miles de los que aún van a la Plaza. SÍ se les manipula con consignas y guerras contra personas que "molestan" y "ponen en peligro" a la Revolución, a esa Revolución que dice habértelo dado todo pero por la que has pagado más de lo que has pensado. Hoy, en pleno 2010, la consigna de turno es "contra la guerra mediática del Imperio y de Europa", frase que ellos mismos han acuñado para tapar la verdadera guerra mediática y personal contra disidentes, blogueros, opositores y cuanta gente ha decidido no hacerles más el juego.

Yo de 1ro de Mayo no quiero saber más nada... ni regalado, ni aunque aquí a miles de kilómetros tenga otro significado. Yo decido a dónde ir o no un día como hoy, como si me quedo en casa escribiendo lo asqueada que me sentía una década atrás.

(La foto la hice yo misma)

[Update unos minutos después...]

Joan Antoni, amigo bloguero y con quien comparto en la campaña #OZT: Yo acuso al gobierno cubano, publicará durante el día de hoy testimonios y opiniones sobre el 1 de Mayo en Cuba, de personas a los que ha pedido un relato libre, tanto en estilo como en longitud, sobre este día. Si te interesa, le puedes hacer llegar tus impresiones (email: joanantoniguerrero@gmail.com). Joan Antoni destapa así voces que contradicen las "gloriosas previsiones de asistencia al gran desfile" de que se jacta el gobierno. Éstos son algunos de los testimonios que ya ha publicado:

* 1 de Mayo.- "Sin discusión al desfile"
* 1 de Mayo.- La maquinaria del poder absoluto para mover las masas a su gusto
* 1 de Mayo.- “Premio” por asistir: una naranja y un panecillo con una muy fina lasca de “queso”
* 1 de Mayo.- El día más feliz de mi vida
* 1 de Mayo.- El Primero de Mayo y yo: una cronología

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Mensaje por CalaveraDeFidel Sáb Mayo 01, 2010 10:37 am

Y la mentira ni tiene justificación, pues dice " cuando circula ésta edición ( es decir a las 12 y cuarto de la noche anterior ) desbordan las calles los trabajadores. jajajajajajajajajajajajajaja ¡Qué manera de caerse en su propia diarrea!
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Mensaje por llabrada Sáb Mayo 01, 2010 2:32 pm

Bueno, en realidad la calle siempre esta desbordada de "trabajadores", a cualquier hora del dia que tomen una foto en Cuba, hay un monton de "trabajadores" luchando, resolviendo, negociando, dandose unos tragos, jugando domino, en un acto de repudio, etc, cualquier cosa menos trabajando. No hay sociedad que camine cuando sus integrantes no tienen interes en trabajar, solo queda falsificar un poco de cifras, decir un poco de consignas bonitas y todo sigue igual.
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Desde las 12:15 de la madrugada, Granma tenía colgada una foto del desfile. Empty Re: Desde las 12:15 de la madrugada, Granma tenía colgada una foto del desfile.

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