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Aborto y Casuística
- Primero aclaremos lo que es "casuística", ya que en una plática dada por un médico, me tocó ser testigo que la usó tantas veces que me permito asegurar lo hizo de forma completamente equivocada, dando a entender: "conjunto de causas".
- La etimología y la fonética es con mucha seguridad la causa del error en personas como le sucedió al médico.
- En principio el término es de materia Ética.
- La Ética como materia filosófica, es el discernimiento ordenando y sistematizado de lo que es el bien y el mal; moral e inmoral. Del cual resultan las reglas sociales que regulan la conducta hacia lo que es bueno. Sin embargo, hay acciones que sobrepasan esas reglas, esa generalización de la Ética-teórica. Y esos casos particulares son de orden casuístico.
- La casuística es la ética aplicada a casos particulares, difícilmente litigados por las reglas morales prestablecidas, la Ética teórica.
- Que en materia de Derecho es la recurrida "jurisprudencia". Donde el juez se ve obligado a interpretar la ley sobre un caso en particular que sale de la generalización convencional.
- Y por extensión son los casos especiales en alguna materia.
- Ahora pasemos a otra definición mucho peor: ¿qué es un "ser vivo"?
- La Biología lo define como el ser que cumple las siguientes propiedades:
- Reproducción, se puede reproducir.
- Adaptación, se adapta al ambiente.
- Crecimiento.
- Irritabilidad: responde a estímulos externos: tropismos y tactismos.
- Metabolismo: fenómenos internos que regulan el crecimiento y adaptabilidad del individuo.
- Movimiento.
- Organización, los entes se organizan: colonia, manada, sociedad.
- Pero en materia médica y legal, ¿qué es un ser vivo?
- Espero sea obvio que tal interrogante está dirigida hacia un (¿cómo llamarlo?) cigoto o feto como "persona viva", como "ser vivo con derechos".
- Sabemos que el DF como "laboratorio nacional" ha causado gran revuelo entre la conservaduría religiosa cristiana, principalmente católica, al legislar la ley sobre el aborto y permitirlo cumpliendo requisitos bajo la difícil y controvertida asesoría de médicos, axiólogos y autoridades en Ciencias Sociales. Básicamente se permite mientras no pasen 12 semanas.
- ¿Qué significan esas 12 semanas? No lo sé. No puedo saberlo, ¿quién puede? Que me lo diga por favor.
- No tengo razones para decir, decidir si antes o después de ese tiempo el ser-vivo tiene derechos o no, tiene sentimientos o no; no lo sé, no tengo referencias !!!!! (¡¡¡Ayúdame Einstein!!!!).
- Pero bueno, sobrepasando este difícil tema, esta difícil convención, quiero apreciarla desde otra perspectiva: la mujer y la pareja. Y he aquí donde la casuística mete su cuchara de la que me sirvo.
- Debemos reconocer, aunque me pese y al positivismo mexicano, que la moral social y legal que poseemos, es herencia del judeocristianismo, máxime del catolicismo. Por lo que la inercia de la misma so pesa en la reflexión del mexicano, católico o no; que debemos esforzarnos en recordarlo y mantenerla al margen.
- En la moral social que heredamos, asesinar es malo. Truncar la vida del cigoto o feto como potencial ser humano, más humano que potencial desde la perspectiva religiosa, es asesinato, por lo mismo inmoral, malo.
- La moral judeocristiana no es mala, el problema es que el mismo creyente se la pasa por el "Arco del Triunfo".
- Aplicando la casuística en un embarazo no deseado por la dama: en lo personal, aunque tengo derecho, los varones tenemos derecho en opinar sobre las acciones femeninas, considero que la última palabra la tiene la mujer de forma co-responsable, expedita e informada. Hay hombres (y mujeres que lo apoyan) que prescinden del género y alegan tener el mismo derecho de legislar sobre la mujer como la mujer. En lo cual no estoy de acuerdo, y será en balde cualquier debate o discusión, pues les recuerdo algo que ya se les olvidó, al menos yo, pongo al margen la moral cristiana, que aunque no considero mala, tampoco la considero mía. Y cada disertante mientras discuta en su trinchera moral, será imposible un consenso.
- Uno, como su servidor, es co-responsable de la criatura con la mujer; deber ser mutua la difícil decisión. Pero para tal efecto debe haber libertad, dignidad y estar bien informados.
- Yo, yo no me siento con el poder sobre la mujer para obligarla; pero sí tengo la oportunidad y el derecho de exhortarle e incluso rogarle que no lo haga. Si decide lo contrario, como yo no cargaré con los pesares; apoyo su decisión, que ya es nuestra-decisión, y no solo de ella.
- Insisto, quizá esté mal, y no dudo que el común así lo considere, e incluso vea abominable mi manera de pensar; pero yo al final no llevaré en mi vientre ese bebé, ni mucho menos lo pariré; ellas tienen mi apoyo.
Con la pena, W
De: rectificador |
Enviado: 21/08/2012 09:16 |
casuista. (Del lat. casus, caso).
1. adj. Dicho de un autor: Que expone casos prácticos de teología moral. U. t. c. s.
2. adj. Dicho de un autor: Que expone casos prácticos propios de cualquiera de las ciencias morales o jurídicas. U. t. c. s.
casuístico, ca.
1. adj. Perteneciente o relativo al casuista o a la casuística.
2. adj. Dicho de una disposición legal: Que rige casos especiales y no tiene aplicación genérica.
3. f. En teología moral, aplicación de los principios morales a los casos concretos de las acciones humanas.
4. f. Consideración de los diversos casos particulares que se pueden prever en determinada materia.
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