Abuso de Poder.
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Abuso de Poder.
29/7/2009 | ||||||
Abuso de autoridad | ||||||
¿Conoce el pueblo cuantas violaciones a la Constitución se han permitido? Y finalmente: ¿Dónde existe verdadera autonomía de Poderes, en Venezuela o en Honduras? | ||||||
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Gustavo Cedillo Vaz. | ||||||
Es tal la ignorancia en algunos sectores de la administración pública, que se hace necesario exponer por esta vía algunas consideraciones que deben ser analizadas en profundidad, ya que en la mayoría de los casos se producen delitos y nada ni nadie actúa para evitarlos en el futuro inmediato, ya que hasta el momento, ninguno de los detectados ha sido denunciado, conocido, juzgado y sancionado. En sentido general, hay abuso de autoridad cuando un funcionario público hace mal uso de la autoridad o facultades que la ley le atribuye. El abuso de autoridad configura delito en muchos casos, bastaría revisar y comparar con la situación que cada día vemos en nuestra Patria y notaremos violaciones flagrantes, como puede ser y es, el dictar resoluciones contrarias a la Constitución y las Leyes; no ejecutar disposiciones cuando su cumplimiento corresponde; el omitir, rehusar o retardar ilegalmente algún acto de su función; no prestar el auxilio requerido en casos evidentes; asimismo, el proponer o designar para un cargo público a personas carentes de los requisitos legales necesarios, incluida la preparación académica. No hay limitación para estos casos o hechos. Este delito está contenido en todas las leyes administrativas o penales de todos los países, pero en muchos casos, se busca la forma de esquivar las averiguaciones o ignorar las denuncias, lo cual agravaría el hecho. En Venezuela, podemos señalar como ejemplo, el desconocimiento que se hace al resultado del referéndum para reformar nuestra Constitución, efectuado en Diciembre de 2007, en el cual la mayoría señaló la no aplicación de la tal reforma; pero pasado el tiempo vemos que desde las alturas del Poder, se hacen modificaciones, basadas en apoyos provenientes de una Asamblea que acuerda desautorizar el deseo popular, y mediante las llamadas leyes habilitantes, se aplican las reformas, a pesar de haber sido negadas en su momento por el voto popular, lo cual hará surgir entonces unas preguntas, las cuales sabrá responder el lector: ¿Hay abuso de Poder? ¿Quién es responsable de ese presunto delito? ¿La Presidenta del TSJ, conocerá el contenido de los puntos 1 y 3 del art. 336 de nuestra Constitución? ¿Conoce el pueblo cuantas violaciones a la Constitución se han permitido? Y finalmente: ¿Dónde existe verdadera autonomía de Poderes, en Venezuela o en Honduras? |
Alver- Cantidad de envíos : 6935
Fecha de inscripción : 26/02/2009
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