Una de las "multas" por estar afuera
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Una de las "multas" por estar afuera
A las 05:47 PM del 22 Feb 2010, Carlos R. Escribió:
Así es Fernando el problema no es económico pero es un castigo ejemplarizante cualquier gestión consular.
Le pongo un ejemplo:
Ahora está de moda la ley de la memoria histórica, los hijos/nietos de
españoles pueden pedir la nacionalidad española. (De paso le estoy dando otro tema para el blog )
La embajada de España en Cuba, que siempre estuvo repleta de personas para hacer gestiones, ahora se ha triplicado.
Pues bien, un documento que se estuvo pidiendo para hacer esta gestión era el Certificado de Nacimiento, lo cual es obvio. El mismo debe legalizarse en Consultoría Jurídica Internacional (21 y 24 en el Vedado), porque es un documento que se va a utilizar en la embajada de España, el valor de la legalización en sellos es de 20 pesos en Moneda Nacional y 5 CUC.
La legalización es agregar una pegatina al Certificado, nada "complicado" y demora 10 días hábiles.
Hasta ahí todo "bien".
Este es un trámite que se hace personal.
Ahora, si la persona no está en Cuba, entonces para legalizar este Certificado de Nacimiento puede ir un familiar a Consultoría Jurídica Internacional de 1ra y 24 y abonar 100 CUC (en efectivo!!!) + 20 MN y 5 CUC en sellos.
Por qué?? Acaso el trámite es diferente?? Acaso es mayor el "costo" de esa gestión para el que está afuera?? Para nada, son 10 días hábiles igual pero tienen que CASTIGARTE por estar afuera.
En este momento no sé si eso continúa igual pero dudo que hayan cambiado las regulaciones para dejar de cobrar 100 CUC limpios de polvo y paja.
Así es Fernando el problema no es económico pero es un castigo ejemplarizante cualquier gestión consular.
Le pongo un ejemplo:
Ahora está de moda la ley de la memoria histórica, los hijos/nietos de
españoles pueden pedir la nacionalidad española. (De paso le estoy dando otro tema para el blog )
La embajada de España en Cuba, que siempre estuvo repleta de personas para hacer gestiones, ahora se ha triplicado.
Pues bien, un documento que se estuvo pidiendo para hacer esta gestión era el Certificado de Nacimiento, lo cual es obvio. El mismo debe legalizarse en Consultoría Jurídica Internacional (21 y 24 en el Vedado), porque es un documento que se va a utilizar en la embajada de España, el valor de la legalización en sellos es de 20 pesos en Moneda Nacional y 5 CUC.
La legalización es agregar una pegatina al Certificado, nada "complicado" y demora 10 días hábiles.
Hasta ahí todo "bien".
Este es un trámite que se hace personal.
Ahora, si la persona no está en Cuba, entonces para legalizar este Certificado de Nacimiento puede ir un familiar a Consultoría Jurídica Internacional de 1ra y 24 y abonar 100 CUC (en efectivo!!!) + 20 MN y 5 CUC en sellos.
Por qué?? Acaso el trámite es diferente?? Acaso es mayor el "costo" de esa gestión para el que está afuera?? Para nada, son 10 días hábiles igual pero tienen que CASTIGARTE por estar afuera.
En este momento no sé si eso continúa igual pero dudo que hayan cambiado las regulaciones para dejar de cobrar 100 CUC limpios de polvo y paja.
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